domingo, 5 de abril de 2009

MANUAL DE CONVIVENCIA 2009

INSTITUCION EDUCATIVA DEPARTAMENTAL
ORESTE SINDICI
MUNICIPIO DE NILO – CUNDINAMARCA.

RESOLUCION Nº 01
(DEL 15/ENERO/2009)

Por medio de la cual se establece el
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR CON VIGENCIA
HASTA EL AÑO 2013

El suscrito Rector de la Institución Educativa Departamental “Oreste Sindici” del Municipio de Nilo, Cundinamarca en uso de sus atribuciones legales y…

CONSIDERANDO:

Que, es indispensable establecer un instrumento eficaz que permita regular un ordenamiento para la convivencia dentro de la Institución Educativa a través de normas de comportamiento que sirvan de guía en la valoración de las interrelaciones escolares.

El Manual de Convivencia debe facilitar la adquisición de hábitos y actitudes que permitan la mejor relación entre los diferentes estamentos que constituyen la comunidad educativa, ya que se hace necesario educar a la juventud para la convivencia social y construir en la Institución una verdadera cultura democrática.
Es necesario establecer los derechos y deberes que le corresponden a todos los integrantes de la comunidad educativa para facilitar el cumplimiento.

Que es urgente dar aplicación a los mandatos educativos establecidos por la Constitución Nacional, el Código de la infancia y la adolescencia, la Ley General de La Educación, decreto 1860/94 y el desarrollo integral, demás normas para regular las relaciones que se deben desarrollar entre los miembros de la comunidad educativa del plantel, a fin de garantizar los derechos fundamentales contemplados en La Constitución Nacional, especialmente el de la educación.

Se hace necesario estimular a quienes busquen la educación integral y el buen funcionamiento de La Institución.

El Consejo Directivo aprobó el contenido del presente manual de convivencia y ordenó reproducirlo para su conocimiento y aplicación.

Es deber del Rector de La Institución Educativa Departamental “Oreste Sindici” del Municipio de Nilo, Cundinamarca ejecutar las determinaciones del Consejo Directivo y aplicar las normas legales establecidas.


RESUELVE:

ART. 1º : Adoptar, en consenso con el Consejo Directivo de esta Institución, el presente Manual de Convivencia el cual se evaluará anualmente, semestralmente, o periódicamente según las necesidades para posibles ajustes y constará de los siguientes capítulos :

CAPITULO I : Disposiciones Generales.
CAPITULO II : Evaluación y Promoción de los Estudiantes.
CAPITULO III : Derechos y deberes de los estudiantes.
CAPITULO IV : Estímulos a los estudiantes.
CAPITULO V : Líderes estudiantiles.
CAPITULO VI : Deberes y derechos de los Padres de familia.
CAPITULO VII : Conducto regular para sanción de faltas.
CAPITULO VIII : Gobierno escolar.
CAPITULO IX : Derechos y deberes de docentes.
CAPITULO X : Pautas de Comportamiento, Evaluación, Procedimientos y
Correctivos.
CAPITULO XI : Identificación y Clasificación de las Faltas.
CAPITULO XII : Sanciones. Correctivos y Derecho a la Defensa.



CAPITULO I

DISPOSICIONES GENERALES.

ART. 2º: SÍMBOLOS DE IDENTIFICACIÓN INSTITUCIONAL.

La Bandera. (Ver página principal)

2. El Escudo. (Ver página personal)

3. El Himno.

CORO

Nuestro mundo es el centro del mundo
Son las aulas la casa de Dios
Que en la ciencia difunda su espíritu
Y en los libros dilata su voz.

I

Es Nilo ciudad serena
De calma idílica y paz
Donde naciera en arpegios
Nuestra canción Nacional.

II

La ciñen verdes colinas,
La arrulla un rio de cristal
Un piano vive su historia
En la plaza principal


CORO

III

Oreste Sindici, llama
Este centro del saber
Cultivemos nuestra mente
Es todo nuestro deber.




IV

La juventud que hoy integra
Esta noble Institución
Ha de tener como lema
Ser Honor de la Nación.


CORO

V

Vamos al Colegio hermanos
Vamos a ver renacer
Las notas que a nuestro Himno
La inspiración hizo ver.

VI

Núñez, la letra escribiera
Sindici, en notas plasmó
Y en Colombia lo cantamos
Con orgullo y con honor.


CORO


3. Filosofía Institucional.



FILOSOFÍA DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA DEPARTAMENTAL ORESTE SINDICI

La Institución Educativa Departamental Oreste Sindici forma seres humanos íntegros, responsables, capaces de hacer valer sus derechos y cumplir sus deberes, dándoles espacios para la expresión de sus ideas, opiniones y críticas constructivas, reconociendo y respetando las diferencias y limitaciones en el desarrollo del proceso formativo tendiente a obtener un alto nivel educativo y gran motivación hacia la gestión empresarial.

En nuestro quehacer nos comprometemos a desarrollar las acciones pedagógicas necesarias para alcanzar el desarrollo integral de los educandos ofreciendo una sólida formación empresarial, fortalecida con un espíritu dinámico, creativo e innovador, que contribuya a la generación y organización empresarial, logrando así afrontar dificultades y solucionar necesidades personales para alcanzar una mejor calidad de vida. Entendemos también que es ineludible la aprehensión y la defensa de los valores que permiten la armonía y una sana convivencia. Para el desarrollo de estos compromisos contaremos con el esfuerzo de la comunidad educativa, la unidad nos permitirá avanzar y fortalecer la modalidad y ampliar el horizonte Institucional.






VISIÓN


En el 2013 consolidarnos como la mejor Institución Educativa Técnica en Hotelería y Turismo a nivel local y regional.



MISIÓN


Brindar formación integral para la paz y la productividad en los campos académico, técnico y humano por medio del desarrollo temático de las diferentes áreas, la integración con el Sena , comunidad educativa y propender para que sean personas que practiquen y fomenten el respeto, la autonomía, la honestidad, la responsabilidad, el liderazgo y la sensibilidad humana en cualquier actividad de la vida, tanto en su estadía en la Institución como en su vida futura, siendo parte de la sociedad y así lograr, junto con el equipo humano y demás recursos, nuestra visión.

Perfil del Estudiante.

· Persona pensante e integra; con sentido crítico y analítico, con un espíritu democrático y deseo constante de conocer la verdad.

· Hombres y mujeres con capacidad de proyectarse responsablemente hacia el futuro en actividades sociales, laborales, científicas, investigativas y todas las que propicien el progreso personal.

· Debe aprender a autoestimarse, haciendo uso de la responsabilidad, la puntualidad, la organización y otras actitudes innatas propias de la vida cotidiana.

· Debe alcanzar un nivel académico adecuado que le permita ingresar en excelentes capacidades a los estudios superiores.

· Joven con talento para recibir y seleccionar todo aquello que contribuya a fortalecer su voluntad, enriquecer su entendimiento y alcanzar su realización personal y social.

· Decidido a enfrentar con responsabilidad y acierto el compromiso con la realidad personal, familiar y social acorde a su edad cronológica y mental.

· Puntual, ordenado, aseado y que conserve una excelente presentación personal.

· Con espíritu investigativo al relacionar los diferentes avances científicos y tecnológicos acordes a la modalidad del colegio.

· Con voluntad de desarrollar, fomentar e inculcar valores espirituales, morales, cívicos y culturales que conlleven a una vida armónica y justa.

· Líder de proyección comunitaria que preste un servicio a la Institución y a la comunidad circundante.

· Con capacidad de respetar, practicar y defender los valores y derechos humanos, a nivel individual y social en concordancia con la moral y las leyes del país.


4. CONDICIONES PARA SER ESTUDIANTE EN LA INSTITUCIÓN
EDUCATIVA DEPARTAMENTAL ORESTE SINDICI:

Cumplir con los requisitos exigidos por el Ministerio de Educación Nacional, la Secretaría de Educación de Cundinamarca y la Institución para el proceso de matrícula.

Estar respaldado por un acudiente, tutor y representante legal con condiciones morales y económicas para asistirlo en las situaciones que lo requieran o cuando la entidad educativa lo solicite.

Asistir diariamente a la Institución.

Eje del proceso de formación.


En términos de La Constitución de 1991, la educación es una actividad formativa que requiere de estudiantes activos, creativos y participativos. Por lo tanto el estudiante de la Institución Educativa Departamental Oreste Sindici debe ser:


LÓGICO: Que apropie racionalmente la experiencia para vivenciarla coherentemente y con buen juicio.


RESPONSABLE: Demuestra que hizo lo que se comprometió a hacer, es decir, que maneje la autonomía con responsabilidad.


DINAMICO: Que participe en su propio desarrollo a través de las actividades propuestas por la Institución, los docentes y las que él mismo se proponga.


CREATIVO: En la solución de problemas, en la formulación y aplicación de ideas para la obtención de logros individuales y colectivos.


COMPROMETIDO: Con su propia formación, enriquecimiento personal y colectivo, con un alto sentido de pertenencia con la Institución.


TOLERANTE: Que entienda la convivencia como la “Interacción con el otro” La diferencia como la posibilidad de compartir ideas y acciones en beneficio común.


RESPETUOSO: De si mismo, de las normas y leyes que lo rigen, de la filosofía Institucional, de sus compañeros y docentes. De los elementos y bienes que están a su servicio.


AGENTE DE CAMBIO: Que sea capaz de transformarse y transformar el entorno social y cultural en beneficio de la comunidad. Aportando ideas e iniciativas que permitan mejorar y enriquecer su entorno.


TRANSCENDENTE: Que entienda que sus acciones pueden ser de mucha importancia o gravedad para otros y para si, de acuerdo a las consecuencias que ellas generen preparándose mentalmente para el éxito pero también para el fracaso, y asumiendo consecuencias.


SOLIDARIO: Que sea sensible al dolor ajeno y se comprometa en la resolución de conflictos y en la sana convivencia.


ORESTIANO: Que sienta orgullo de pertenecer a esta institución y ponga todo su empeño en hacer de ella un excelente espacio para la practica de la convivencia, de la participación, de la democracia y se comprometa con la “Excelencia Académica Institucional”


SALUDABLE: Que proteja su salud así como la de los seres vivos aplicando las normas de higiene y de salud pública.


CORTÉS: Que practique normas de cortesía y buenos modales, que sea elegante y distinguido tanto en el porte del uniforme como en su forma de actuar y hablar.


ESTUDIOSO: Que entienda que el estudio es un acto de amor a sí mismo, a su familia y a la Institución, que lo llevara al éxito. Si su trabajo lo permite pues es cuestión de voluntad y deseo de superación.


CRÍTICO O AUTOCRÍTICO: Que asuma la actitud de critica a los procesos educativos en general y de autocrítica a su proyecto particular, se cuestione sobre si la educación que recibe es de buena calidad y acorde con sus expectativas.


5. PERFIL DEL DOCENTE.


Ser una persona equilibrada, de formación integral, justa y racional que reconozca los cambios biosíquicos en el desarrollo humano de los estudiantes con capacidad de practicar los valores para comprender y orientar los comportamientos irregulares de sus estudiantes.

Debe ser ejemplar para educar a través de sus actitudes y poseer autoridad moral para exigir la práctica de los valores humanos.

Estar preparado para asumir el reto de cambio y asimilar las innovaciones, ser crítico constructivo y aceptar las críticas haciendo uso del error como un proceso pedagógico.

Guardar íntima relación con el perfil del estudiante.

Estimar su profesión para ejecutar responsablemente y con acierto la función social que le corresponde desarrollar con los estudiantes.

Tendrá la preparación adecuada con el momento histórico-social, científico y cultural para proyectar a sus educandos en el desarrollo profesional.

En lo personal que sea alegre, dinámico, comprometido, responsable, colaborador, equilibrado física y emocionalmente, pulcro, cordial y con un buen manejo de las relaciones humanas.


6. PERFIL DEL PADRE DE FAMILIA.

El Padre de Familia y/o Acudiente de los Estudiantes de la Institución Educativa Departamental “Oreste Sindici” de Nilo, Cundinamarca se identifica por las siguientes características:


Ser dinámico con el objetivo de mejorar el proceso de enseñanza – aprendizaje del hijo o acudido.

Debe cumplir con la responsabilidad de padre de familia que establece el Manual de Convivencia.

Dará cumplimiento con La Constitución Política de Colombia y las leyes reglamentarias que rigen la educación en el país, tomándolas como una opción de progreso y no obstáculo en el adelanto de la Institución.

Ser respetuoso en sus relaciones con la comunidad educativa.

Cumplir con el compromiso general sintetizado en la carta estratégica, del plantel como principio de eficiencia y eficacia de la organización interna.


7. MATRÍCULAS.

La matrícula se hará en forma ordinaria en las fechas estipuladas por la Secretaría de Educación Departamental, en caso de pasar estas fechas se realizará una matrícula extraordinaria en la cual se cobrará un excedente económico.

Los requisitos para la matricula en La Institución Educativa Departamental “Oreste Sindici” Niveles: Preescolar, Básica Primaria, Básica Secundaria y Media Técnica con Especialidad en Gestión Empresarial son los siguientes:

Ø Registro Civil de Nacimiento o NUIP (Para menores de siete años)

Ø Certificados de Estudios del Grado 5º Primaria si en estudiante es para grado sexto.
Ø Certificados de Estudios desde el Grado 5º Primaria demás Grados anteriores
Ø De acuerdo del Grado al que ingresa.

Ø Fotocopia ampliada del Documento de Identidad (Tarjeta o Cédula).
Ø Fotocopia ampliada del carné de seguro médico.
Ø Fotocopia de la cédula de los Padres.
Ø Certificado Médico.
Ø Dos fotografías (Recientes)
Ø Para la matrícula el estudiante debe presentarse con su representante legal (Papá o
mamá) Acudiente diferente al padre de familia solo en casos excepcionales.

Ø El Consejo Directivo podrá negar el cupo a aquellos estudiantes que durante el año inmediatamente anterior hayan agotado el debido proceso y se convierten en un foco de indisciplina, teniendo en cuenta que prima el derecho colectivo ante la indisciplina de determinados estudiantes, (o el Consejo Directivo fijará políticas de compromiso con estos estudiantes).



8. CAUSALES PARA LA PÉRDIDA DEL CARÁCTER DE ESTUDIANTE:

* No cumplir con los requisitos del numeral 9 del capítulo I.
* Cancelación de la matrícula por retiro voluntario firmado por el padre de familia.
* Inasistencia habitual injustificada, Decreto 1860, artículo 53.
* Exclusión de la Institución ordenada por el Consejo Directivo de acuerdo con el procedimiento establecido en el presente Manual.





CAPÍTULO II

EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS ESTUDIANTES.

ART. 3º: EVALUACIÓN DE LOS EDUCANDOS.


EVALUACIÓN:

La Evaluación de los educandos será continua e integral, y se hará con referencia a cuatro periodos de igual duración en los que se dividirá el año escolar.

Los principales objetivos de la evaluación son:

· Valorar el alcance y la obtención de logros, competencias y conocimientos por parte de los educandos.

· Determinar la promoción o no de los educandos en cada grado de la educación básica y media.

· Diseñar e implementar estrategias para apoyar a los educandos que tengan dificultades en sus estudios.

· Suministrar información que contribuya a la autoevaluación académica de la Institución y a la actualización permanente de su plan de estudios.


ART. 4º: INFORMES DE EVALUACIÓN.

Al finalizar cada uno de los cuatro periodos del año escolar, los padres de familia o acudientes recibirán un informe escrito de evaluación en el que se de cuenta de los avances de los educandos en el proceso formativo en cada una de las áreas. Este deberá incluir información detallada sobre las fortalezas y dificultades que haya presentado el educando en cualquiera de las áreas, y establecerá recomendaciones y estrategias para mejorar.

Además, al finalizar el año escolar se les entregará a los padres de familia o acudientes un informe final, que incluirá una evaluación integral del rendimiento del educando para cada área durante todo el año. Esta evaluación tendrá en cuenta el cumplimiento por parte del educando de los compromisos que haya adquirido para superar las dificultades detectadas en periodos anteriores.

Los cuatro informes y el informe final de evaluación mostrarán para cada área el rendimiento de los educandos, mediante una escala dada en los siguientes términos:



E. EXCELENTE.
S. SOBRESALIENTE.
A. APROBADO
I. INSUFICIENTE
D. DEFICIENTE


Teniendo en cuenta que cada juicio valorativo indica:

EXCELENTE:
Lat. Excelles: que sobresale en bondad, mérito y estimación.
· Desarrolla actividades curriculares que va más allá de las expectativas trazadas dentro del planeamiento escolar.
· Usan diferentes formas de socializar lo interiorizado mediante la construcción de textos orales y escritos en los que se destaca la profundidad del contenido y su manejo en diversos contextos.
· Observa alto grado de independencia y autonomía escolar.
· Muestra alta capacidad para plantear, predecir, explicar y solucionar diferentes tipos de problemática contextualizadas a través del saber escolar y extra escolar.
· Tiene claridad y alta capacidad para reconocer valores aportados por la Institución y los aplica para orientar muchas de sus decisiones particulares y generales.
· Sabe valorarse frente al grupo; respeta las decisiones, normas y compromisos comunitarios aceptando y reconociendo las diferencias.
· Observa un alto grado de compromiso, identidad, lealtad, solidaridad y sentido de pertenencia con la comunidad educativa y con la Institución.


SOBRESALIENTE:

· Se destaca en su saber disciplinar al construir redes organizadas de conceptos, ideas y punto de vista.
· Utiliza diversas estrategias metodológicas para dar a conocer sus saberes.
· Cumple en forma destacada con los objetivos académicos propuestos por el docente.
· Manifiesta simpatía y empatía, mostrando conocimiento de si mismo y de los demás, por lo que puede manejar conflictos sin violencia.
· Tiene propósitos y objetivos claros de su aprendizaje escolar y extra escolar (para que sirve y como aplicar el conocimiento adquirido).
· Muestra liderazgo en diversas actividades de orden académico, cultural, político y social propiciadas por la Institución.
· Conoce, respeta y vivencia sin excepción las normas establecidas en el manual de convivencia.

ACEPTABLE:

Lat. Acceptailis. Capaz o digno de ser aceptado.
· Realiza las actividades demostrando un nivel de competencia básica en los logros trabajados.
· Desarrolla el minino desempeño esperado en el dominio de conocimientos.
· Manifiesta capacidad para organizar conceptos, ideas, puntos de vista y los justifica.
· Reconoce la manual de convivencia como un instrumento que direcciona su desempeño escolar.
· Es puntual y se esfuerza por su asistencia participativa en todas las actividades programadas por la Institución.
· Presenta un notable progreso en sus compromisos académicos y disciplinarios.
· Satisface los diferentes saberes mediante el desempeño de sus inteligencias.


INSUFICIENTE:

Lat. Insufficiens. Falta de suficiencia, que no basta, escasez de una cosa.
· No alcanza los logros mínimos después de realizadas las actividades de recuperación.
· Pone poco empeño en las actividades de orden académico, cultural, político y social, propiciadas por la Institución.
· Desconoce y/o las normas establecidas en el manual de convivencia por lo que aparece con diversas observaciones en los registros docentes (Observador del estudiante, cuadernos de seguimiento académico).
· Su nivel de competencia y desempeño escolar requiere complementar su trabajo escolar con tutorías y trabajo extra clase.
· En contadas oportunidades sabe reconocer los valores aportados por la Institución pero se les dificulta aplicarlos para tomar decisiones particulares.

DEFICIENTE:

Lat. Deficiens. Falto, Incompleto.
· Muestra mucha dificultad y/o poco interés por adquirir el dominio en los diferentes contenidos que se reflejan en la carencia de profundidad y manejo de los mismos en el contexto.
· Su desarrollo comunicativo es limitado, la falta del manejo de contenidos y competencias hace que se le dificulte socializar textos orales y escritos.

PARÁGRAFO: Cada establecimiento educativo fijará y comunicará de antemano a los educandos, docentes y padres de familia o acudientes la definición institucional de estos términos de acuerdo con las metas de calidad establecidas en su Plan de Estudios.

ART. 5º: ENTREGA DE INFORMES DE EVALUACIÓN.

Los informes de evaluación se entregarán a los padres de familia o acudientes en reuniones programadas preferencialmente en días y horas que no afecten su jornada laboral.

La inasistencia de los padres de familia o acudientes a estas reuniones no puede acarrear perjuicios académicos a los educandos. El rector, o director de curso están en la obligación de programar y atender las citas que los padres de familia soliciten para tratar temas relacionados con la educación de sus hijos, en particular para aclaraciones sobre los informes de evaluación.


PARÁGRAFO: El establecimiento educativo no podrá retener los informes de evaluación de los educandos, salvo en los casos del no pago oportuno de los costos educativos, siempre y cuando el padre de familia no demuestre el hecho sobreviviente que le impide el cumplimiento de las obligaciones contraídas con la institución en el momento de la matrícula.


ART. 6º: REGISTRO ESCOLAR.

En todas las instituciones educativas se mantendrá actualizado un registro escolar que contenga para cada educando, además de los datos de identificación personal, el informe final de evaluación de cada grado que haya cursado en la institución.


ART. 7º: COMISIONES DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN.

El Consejo Académico conformará, para cada grado, una Comisión de Evaluación y Promoción integrada por un número de hasta tres docentes, un representante de los padres de familia que no sea docente de la institución y el rector o su delegado, quien la convocará y la presidirá, con el fin de definir la promoción de los educandos y hacer recomendaciones de actividades de refuerzo y superación para estudiantes que presenten dificultades.

En la reunión que tendrá la Comisión de Evaluación y Promoción al finalizar cada periodo escolar, se analizarán los casos de educandos con evaluación No aprobados en cualquiera de las áreas y se harán recomendaciones generales o particulares a los profesores, o a otras instancias del establecimiento educativo, en términos de actividades de refuerzo y superación.


Analizadas las condiciones de los educandos, se convocará a los padres de familia o acudiente, al educando y al educador respectivo con el fin de presentarles un informe junto con el plan de refuerzo, y acordar los compromisos por parte de los involucrados.

Las Comisiones, además, analizarán los casos de los educandos con desempeños excepcionalmente altos con el fin de recomendar actividades especiales de motivación, o promoción anticipada. Igualmente se establecerá si educadores y educandos siguieron las recomendaciones y cumplieron los compromisos del periodo anterior.

Las decisiones, observaciones y recomendaciones de cada Comisión se consignarán en actas y éstas constituirán evidencia para posteriores decisiones acerca de la promoción de educandos.


ART. 8º: PROMOCIÓN DE LOS EDUCANDOS.


Los establecimientos educativos tienen que garantizar un mínimo de promoción del 95% de los educandos que finalicen el año escolar en cada uno de sus grados. Al finalizar el año, la Comisión de Evaluación y Promoción de cada grado será la encargada de determinar cuales educandos deberán repetir un grado determinado.

Se consideran para la repetición de un grado cualquiera de los siguientes educandos:



Educandos con valoración final No aprobado en tres o más áreas.


Educandos que hayan obtenido valoración final No aprobado en Matemáticas y Lenguaje durante dos o más grados consecutivos de la Educación Básica.


Educandos que hayan dejado de asistir injustificadamente a más del 25% de las actividades académicas durante el año escolar.


Es responsabilidad de la Comisión de Evaluación y Promoción estudiar el caso de cada uno de los educandos considerados para la repetición de un grado y decidir acerca de esta, pero en ningún caso excediendo el límite del 5% del número de educandos que finalicen el año escolar en cada grado. Los demás educandos serán promovidos al siguiente grado, pero sus evaluaciones finales no se podrán modificar.


PARÁGRAFO: Si al aplicar el porcentaje mínimo de promoción, es decir el 95%, al número de estudiantes de un grado y la operación da como resultado un número fraccionario, se tendrá como mínimo de promoción el número entero de educandos anterior a la fracción.


ART. 9º: RECUPERACIONES.


Todo educando que haya obtenido No aprobado en la evaluación final de una o más áreas presentará una recuperación de esas áreas durante el periodo y en común acuerdo entre el docente y el estudiante.

Esta recuperación se basará en un programa de refuerzo pertinente con las dificultades que presentó el educando y que el profesor del área le entregará una vez realizada la evaluación y se calificará de acuerdo con los términos del ART. 4º del presente documento y su resultado, ya sea este aprobatorio o no, deberá quedar consignado en el registro escolar del educando.

PARÁGRAFO:
Son actividades de recuperación:

Talleres
Trabajos de consulta con su respectiva sustentación
Elaboración y socialización de carteleras u otros medios gráficos
Exposiciones individuales o grupales
Conversatorios
Páneles
Diálogos
Juegos de roles
Prácticas de laboratorio
Salidas pedagógicas


ART. 10º: EDUCANDOS NO PROMOVIDOS.


El establecimiento educativo deberá diseñar programas específicos para educandos no promovidos al grado siguiente. En todos los casos, hará un seguimiento del educando y favorecerá su promoción durante el grado, en la medida en que El demuestre la superación de las insuficiencias académicas que no aconsejaron su promoción.


CAPÍTULO III

DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES


ART. 11º: DERECHOS

11.1 Deben ser tratados por parte del personal docente y administrativo con la consideración, respeto, aprecio, dignidad y justicia que todo ser humano merece de sus semejantes.
11.2 Podrán recibir educación e instrucción adecuada que les garantice una formación integral acorde con el P. E. I., y Currículo Institucional.
11.3 Existe la necesidad de ser oídos antes de ser sancionados en concordancia con el debido proceso.
11.4 Conocer con anterioridad los estándares y competencias de cada asignatura, como los criterios seleccionados para la Evaluación de su rendimiento escolar.
11.5 A conocer los logros y dificultades obtenidos. Cada docente les comunicará los resultados de las asignaturas a su cargo al finalizar cada período y antes de ser registrados en el boletín respectivo.
11.6 Se notificará de las anotaciones referentes a su comportamiento hechas por los docentes, director de grupo, coordinador y rector de la Institución al ser registrados en su Observador y Control.
11.7 Recibir oportunamente los servicios de bienestar estudiantil de que disponga la Institución.
11.8 A exigir un buen servicio de calidad de la educación en los diferentes espacios y recursos que ofrece la Institución, tales como Biblioteca, Laboratorios, Campos deportivos, Sala de Informática, Sala de audiovisuales, Tienda escolar, Cruz roja y otros.
11.9 A estímulos que gratifiquen su trabajo, comportamiento e integración de proyectos lúdicos como banda musical, banda marcial, danzas, deportes, siempre y cuando su rendimiento académico y comportamiento sean buenos.
11.10 A solicitar la expedición del carné estudiantil actualizado para un período máximo de un año lectivo y el carné del seguro estudiantil.




ART. 12º: DEBERES

12-1 El primer deber de todo estudiante es hacer respetar sus derechos cumpliendo con sus deberes.
12-2 Conocer y acatar el Manual de Convivencia de la Institución.
12-3 Los jóvenes deben asistir puntualmente al desarrollo de las clases y actividades programadas por la Institución. Cumpliendo con trabajos de investigación, control y evaluación diseñados por cada docente.
12-4 Presentar en las fechas programadas las evaluaciones acorde a la metodología concertada en el P. E. I.
12-5 Recibirán del gobierno escolar el apoyo y colaboración para mejorar la calidad total en el servicio educativo.
12-6 Apoyar las campañas para el mejoramiento de las ayudas didácticas y el buen funcionamiento institucional.
12-7 Cuidar los recursos y observar un comportamiento adecuado para permitir el desarrollo curricular.

12-8 Los estudiantes guardarán entre sí la mayor cordialidad y armonía en sus relaciones espirituales, de ayuda, solidaridad y compañerismo como condiciones necesarias para desarrollar el orden en la convivencia, que ha de lograr una integración efectiva y que busque el bien común, escolar y social.

12-9 Tratar a todos sus conciudadanos con el debido respeto y cortesía.

12-10 Utilizar el tiempo libre a nivel escolar, familiar y comunitario para la practica de actividades físicas, deportivas, recreativas y culturales.

12-11 Hacer uso de un lenguaje respetuoso dentro y fuera de la Institución.

12-12 Se preocuparán por sus respectivas pertenencias absteniéndose de llevar consigo objetos de valor (joyas, celulares y otras tecnologías)

12-13 Observar atención y respeto durante el desarrollo de actos cívicos, patrios, religiosos, culturales y sociales, competencias deportivas, actividades en el aula y convivencia.

12-14 El dialogo será el medio eficaz de los estudiantes para fortalecer las relaciones interpersonales y superar los conflictos.

12-15 Portar correctamente el uniforme exigido por la Institución. El uso del uniforme correspondiente evita discriminación entre los estudiantes, por lo tanto es obligatorio el porte del mismo en buenas condiciones de aseo y presentación.

12-16 UNIFORME DIARIO :


MUJERES: Falda de siete (7) pliegues tanto adelante como atrás; uno (1) chato en el centro y tres (3) a cada lado; pretina de cuatro (4) cm.; tela escocés a cuadros pequeños en colores blanco y azul, bolsillo secreto al lado derecho, con pechera. El largo de la falda debe ser cubriendo la rodilla. Camibuso según modelo aprobado en asamblea de padres, zapato colegial negro y medias blancas clásicas y sin dibujos.


HOMBRES: Pantalón azul oscuro, Camibuso según modelo aprobado en asamblea de padres, medias color azul oscuro y zapato colegial negros de material, que no sean mocasín, ni apache.

UNIFORME PARA EDUCACION FISICA Y DEPORTES:

2. Buso blanco con estampado del escudo de la Institución, Pantalón sudadera color azul oscuro con franjas color amarillo y blanco según modelo de La Secretaría de Educación de Cundinamarca y tenis blancos. Es igual para Mujeres y Hombres.

12-17 Presentarse al Colegio debidamente vestido y aseado, con el uniforme correspondiente, corte de cabello clásico, sin extravagancias (tinturas, geles). Las niñas deben usar adornos en el cabello acordes al color del uniforme, aretes pequeños y sin maquillaje. Los piercings y manillas están prohibidas con el uniforme yo dentro de la Institución.

12-18 Presentarse a las diferentes clases con los materiales correspondientes y solicitados por los maestros.

12-19 Responder por los daños ocasionados a muebles, enseres y material didáctico de la Institución en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles desde el momento del daño.

12-20 Entregar a los acudientes, tutores o padres de familia las comunicaciones e informes que el Colegio envíe y viceversa.

12-21 Dar ejemplo de comportamiento individual en la calle, medios de transporte, sitios públicos. Respetar y llevar con dignidad el uniforme.

12-22 Justificar por escrito sus inasistencias a clases con la firma del padre de familia o acudiente la que será verificada en el libro de matrículas (plazo máximo de tres días hábiles).

12-23 No se permiten manifestaciones amorosas exageradas dentro y fuera de la Institución portando el uniforme.

12-24 Durante las horas de clase los estudiantes no deben permanecer fuera de las aulas sin justificación alguna y aun en ausencia del profesor conservando buen comportamiento.

12-25 Respetar el nombre de las personas y no usar sobrenombres al llamarlos.

12-26 Permanecer dentro de la Institución durante la jornada de estudio, incluyendo la hora de descanso (solicitar permiso para ausentarse con Vo. Bo. Del Coordinador o profesor de disciplina).

12-27 Demostrar sentido de pertenencia con La Institución y en consecuencia preocuparse por su embellecimiento y aseo (patios, baños, aulas y otros).

12-28 No consumir goma de mascar y otros comestibles en las aulas de clase, durante el desarrollo de actividades pedagógicas y culturales.

12-29 Denunciar toda falta que atente contra el bien común de inmediato, de lo contrario será cómplice y responsable de la misma.

12-30 No utilizar el nombre de la Institución para cualquier actividad diferente a las labores autorizadas.

12-31 No realizar juegos de azar, dentro de la Institución, o fuera de ella portando el uniforme.

12-32 Participar con decoro y responsabilidad al ser seleccionado para representar a la Institución en cualquier actividad.

12-33 No sustraer, esconder o retener elementos que no sean de su propiedad.

12-34 Demostrar buenos modales y normas de comportamiento en los medios de transporte que prestan servicios a la Institución.

12-35 Cumplir con el Reglamento Interno de la Biblioteca.

12-36 No presentarse a La Institución bajo el efecto de bebidas alcohólicas, estupefacientes, o cualquier sustancia no permitida, usarla, distribuirlas, así como fumar o llevar cigarrillos dentro de la Institución.

12-37 No traer a la Institución, revistas, libros, folletos o cualquier otro material de tipo pornográfico.

12-38 No traer a la Institución o usar dentro de la misma objetos que no sean necesarios para la labor escolar y que los distraigan o los perjudiquen, en especial prendas de vestir o accesorios diferentes al uniforme que corresponda, tales como joyas, grabadoras, celulares, collares, balacas, entre otras.

12-39 No alterar, adulterar o falsificar documentos, incurrir en fraude o en cualquier conducta que constituya contravención o infracción a las normas del Manual de Convivencia.

12-40 No comercializar comestibles, ni ningún tipo de elemento dentro de la Institución, a menos que se trate de actividad comunitaria programada por las directivas o exista autorización expresa de las mismas.

12-41 No atentar contra la moral y el buen nombre de los estudiantes haciendo comentarios o actividades que conlleven a esto.

12-42 No portar armas corto punzantes o de fuego dentro o fuera de la Institución.

12-43 Al recibir sanción por mal comportamiento académico o disciplinario, desarrollará la misma dentro de la Institución.




CAPITULO IV

ESTÍMULOS PARA LOS ESTUDIANTES


ART. 13º: Los estudiantes que cumplan con el manual de convivencia se harán acreedores a incentivos según criterio del consejo académico, director del grupo, rector, consejo directivo. Deberá ser anotado en el Observador y Control individual del estudiante y conocido por los padres de familia.


13.1 Izar el Pabellón Nacional por comportamiento, colaboración, esfuerzo personal, espíritu deportivo, compañerismo, rendimiento académico, etc.

13.2 Felicitaciones en público ante los demás estudiantes o en reunión de padres de familia, cuando realice una actividad a favor de la Institución o de la Comunidad.

13.3 Participar en el Comité Estudiantil, Personería, Monitores de grupo, grupo de danzas, deportes, banda musical y marcial y otras agrupaciones de la Institución.

13.4 Menciones de honor y Medalla al Mérito Oreste Sindici por su Comportamiento o Rendimiento Académico.

13.5 Reconocimiento público mediante el cuadro de honor para estudiantes excelentes académico y disciplinario.

13.6 En cada mes se hará un reconocimiento al curso de mejor rendimiento académico y disciplinario, portando la “LA COPA DE LA EXCELENCIA”.

13.7 Obtener un reconocimiento económico, por parte de la Administración municipal para iniciar estudios de educación superior, en el caso de los estudiantes del grado undécimo.


CAPÍTULO V

LÍDERES ESTUDIANTILES.


ART. 14º: PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES.

El personero de los estudiantes será un estudiante que curse el ultimo grado que ofrece la Institución, bien sea en la diurna o nocturna. Se elegirá mediante voto secreto y por mayoría simple. Los estudiantes que aspiren al cargo de personero deben destacarse por su rendimiento académico y comportamiento, en general por su formación integral (presentación personal, actitud de liderazgo, respeto hacia los docentes y compañeros). Será encargado de propiciar el ejercicio de los deberes y de los derechos de los estudiantes, consagrados en la constitución política de Colombia, las leyes, los reglamentos y en el presente manual. De acuerdo con ello, entre otras tendrá las siguientes funciones:

14.1 Presentar ante el rector de la Institución las solicitudes que considere necesarias para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de los deberes.

14.2 Utilizar los medios de comunicación interna de la institución, pedir la colaboración del Consejo de Estudiantes y organizar foros como seminarios u otras formas de deliberación.

14.3 Presentar los recursos ordinarios y extraordinarios consagrados en la ley o en el manual de convivencia, ante los funcionarios o instancias correspondientes, respecto de las decisiones que nieguen o no satisfagan completamente las peticiones realizadas.

Las respectivas elecciones se desarrollarán dentro los 30 días siguientes a la iniciación de clases de cada año lectivo. Para tal efecto el rector convocará a todos los estudiantes matriculados con el fin de elegirlo.

El ejercicio del cargo de personero de los estudiantes es incompatible con el de representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo.


ART. 15º: REPRESENTANTE DE LOS ESTUDIANTES ANTE EL CONSEJO DIRECTIVO

El representante de los estudiantes y su suplente son estudiantes pertenecientes al consejo de estudiantes, que actuarán como delegados ante el Consejo Directivo. La designación se hará mediante voto secreto, previa postulación voluntaria. Será elegido quien obtenga el mayor número de votos. La elección del representante y su suplente se hará en el período de elección del personero con el mismo procedimiento de voto secreto y mayoría simple. Los estudiantes que aspiren al cargo de representante de los estudiantes deben destacarse por su rendimiento académico y comportamiento, en general por su formación integral (presentación personal, actitud de liderazgo, respeto hacia los docentes y compañeros)


ART. 16º: MONITORES DE CURSO.

Las funciones del monitor de curso son:
· Llevar el control de asistencia al día.
· Hacer firmar el diario de asistencia.
· Impulsar las actividades programadas por el Director o el docente para que se cumplan.
· Reemplazar en orden de mando cuando el profesor este ausente.
· Delegar a otro compañero para que lo reemplace cuando esté ausente o para que haga las veces de él cuando así lo requiera.
· Recordar las reuniones y actividades a los comités.
· Velar por la disciplina y rendimiento del curso.
· Informar las irregularidades al director de curso o al profesor de disciplina.


ART. 17º: DEL CONSEJO DE ESTUDIANTES

Es el máximo organismo colegiado de participación de los estudiantes, el cual es autónomo en la toma de decisiones y reuniones. Estará integrado por los voceros o representantes de cada uno de los cursos que ofrece la institución tanto de la jornada diurna como nocturna.

Para su designación, el jefe de área de Ciencias Sociales y los directores de grado convocarán dentro de las dos primeras semanas del calendario académico, a una asamblea integrada por los estudiantes de cada grado con el fin de que elijan de su seno y mediante votación secreta su vocero estudiantil para el año lectivo en curso. Los estudiantes del nivel preescolar y de los tres primeros grados de primaria serán convocados a una asamblea conjunta para elegir un vocero único entre los estudiantes que cursen el tercer grado.

Corresponde al consejo de estudiantes su organización interna, realizar las actividades afines o complementarias que se le atribuyan.



CAPÍTULO VI

DEBERES Y DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA.

Para ser Padre de Familia o Acudiente de un Estudiante de la Institución Educativa Departamental “Oreste Sindici” de Nilo, se requiere:

Ser mayor de edad, responsable idóneo y con autorización escrita de un padre de familia en el caso de los acudientes.
Cumplir el compromiso adquirido y firmado en el acta de matrícula.
Tener capacidad económica mínima para respaldar al estudiante o acudido.
No tener dificultades de orden moral o penal.

ART. 18º: DERECHOS.

18.1 Ser atendidos oportunamente por el rector y profesores de la Institución, dándole a cada padre el horario de atención.

18.2 Hacer reclamos justos y respetuosos, dentro del tiempo fijado por las normas legales e institucionales. (Derecho de Petición).

18.3 Conocer oportunamente las investigaciones y sanciones que afecten a los estudiantes, acudidos o hijos. (Recurso de apelación)

18.4 Ser informado del rendimiento académico y disciplinario, y participar en los compromisos de recuperación de sus hijos.

18.5 Respetarle los derechos fundamentales de la Constitución Política de Colombia.

18.6 Participar con libertad e igualdad en los procesos democráticos de elección del gobierno escolar y asociación de padres de familia.

18.7 Recibir un buen trato del personal administrativo, docente y directivo de la Institución.

18.8 Participar en el planeamiento, control y evaluación del P. E. I.


ART. 19º: DEBERES.


19.1 Asistir a las reuniones programadas por la Institución o en caso de recibir citación escrita.

19.2 Responsabilizarse de la formación y educación de sus hijos en concordancia con lineamientos establecidos por la Institución. El padre de familia es el cooformador del estudiante por tal razón debe asistir a su hijo recibiendo sus informes y atendiendo los llamados a La Institución.

19.3 Acercarse personalmente o presentar por escrito las excusas por inasistencia de los hijos con su respectiva justificación.

19.4 Proporcionar al estudiante un ambiente ejemplar de comprensión y respeto en el hogar.

19.5 Velar por el cumplimiento del Proyecto Educativo Institucional y su continua evaluación.

19.6 Comprometerse a colaborar activamente para que sus hijos cumplan el Manual de Convivencia o las actividades de orden escolar o extracurricular que la Institución desarrolle.

19.7 Velar para que sus hijos tengan los elementos necesarios para su estudio (cuadernos, libros, esferos y demás material didáctico), lo mismo que el uniforme completo y pulcritud en la presentación personal.

19.8 Responder por los daños materiales que cause el estudiante en los enseres de La Institución, restituyendo el enser, en término máximo de cinco (5) días hábiles.

19.9 Pagar oportunamente los derechos académicos.

19.10 Corregir las faltas de sus hijos con firmeza, sin tratos crueles ni degradantes (no perder la autoridad familiar).

19.11 Dedicar tiempo para escuchar con atención las inquietudes de sus hijos.

19.12 Inculcar a sus hijos respeto y gratitud hacia los educadores dándoles ejemplo en ese sentido.

19.13 Ejercer un control activo sobre las relaciones extrafamiliares o ambientales de los hijos.

19.14 Preocuparse porque los hijos tengan un adecuado uso del tiempo libre.





CAPÍTULO VII

CONDUCTO REGULAR


ART. 20º: CONDUCTO REGULAR:

20.1 Explicación de la falta con el profesor ante quien se comete.

20.2 Comunicación al director de grado.

20.3 Comunicación al coordinador.

20.4 Comunicación a Rectoría.

20.5 Comunicación al Consejo Directivo.

20.6 La solución en cualquiera de los estamentos evitará el paso siguiente.



ART. 21º: DEBIDO PROCESO

21.1 Dialogo con el estudiante para escucharlo.

21.2 Si la falta es leve tendrá llamado de atención y aplicación de correctivos con anotación en el observador, para permitir el seguimiento disciplinario.

21.3 Llamado al padre de familia, para comunicar la situación.

21.4 Aplicación de la sanción, según lo requiera la falta.

21.5 La gravedad de la falta y su afección a la comunidad, puede ocasionar el retiro de la Institución.


CAPÍTULO VIII

GOBIERNO ESCOLAR

ART. 22º:

En una estrategia pedagógica, participativa y democrática se abre un espacio para que los estudiantes se expresen como comunidad estudiantil responsables, se organicen, propongan y desarrollen proyectos que les permitan generar y enriquecer su propia vida escolar. El gobierno escolar esta conformado así :


ART. 23º: CONSEJO DIRECTIVO

El Consejo Directivo es la máxima Autoridad de la Institución. Esta integrado por:

o Rector de la Institución quien lo convoca y lo preside.

o Dos representantes de los docentes de la Institución elegidos por ellos mismos en asamblea general.

o Dos representantes de los Padres de familia: Uno elegido por La Asamblea General de Padres, y otro elegido de los integrantes del Consejo de Padres. Que no sean docentes de la misma Institución.

o Un representante de los estudiantes elegido por el Consejo de Estudiantes entre los educandos que se encuentren cursando el último grado ofrecido por la Institución.

o Un representante de los ex-alumnos elegido por el Consejo Directivo.

o Un representante de los sectores productivos organizados en el ámbito municipal.
















v FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO.

Ver Manual de Funciones de la Institución.


ART. 24º: EL RECTOR.


v FUNCIONES DEL RECTOR.

Ver Manual de Funciones de la Institución.

ART. 25º: CONSEJO ACADEMICO.

El Consejo Académico esta integrado por el rector, quien lo preside, los directivos docentes y un docente por cada área definida en el plan de estudios.

25.1 FUNCIONES DEL CONSEJO ACADEMICO.

Ver Manual de Funciones de la Institución.



ART. 26º: CONSEJO DISCIPLINARIO.


El Consejo Disciplinario. Ver Capítulo X ART. 37º Del presente Documento.

26.1 FUNCIONES DEL CONSEJO DISCIPLINARIO.

Ver Manual de Funciones de la Institución
ART. 27º: CONSEJO DE ESTUDIANTES.

El Consejo de Estudiantes. Asegura y garantiza el continuo ejercicio de participación por parte de los educandos. Está integrado por un representante de cada grado.

27.1 FUNCIONES DEL CONSEJO DE ESTUDIANTES.

Ver Manual de Funciones de la Institución.


ART. 28º: ASOCIACION DE PADRES DE FAMILIA.

La Asociación de Padres de Familia. Ver Manual de Funciones de la Institución.


ART. 29º: CONSEJO DE PADRES.

El Consejo de Padres de familia, como órgano de la Asociación de Padres de Familia es el medio para asegurar la continua participación de los Padres y Acudientes en el proceso pedagógico de la Institución.

29.1 FUNCIONES DEL CONSEJO DE PADRES.

Ver Manual de Funciones de la Institución.







ART. 30º: COMISIONES DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN.

El Consejo Académico formará Comisiones de Evaluación integrada por un número plural de docentes, con el fin de analizar los casos persistentes de superación o insuficiencia en la consecución de los logros.

El Consejo Académico concertará Comisiones de Promoción integradas por docentes para definir la promoción de los educandos que al finalizar el año de los grados sexto a noveno presenten deficiencias en la obtención de los logros definidos en el Plan Curricular.

ART. 31º: FUNCIONES GENERALES DEL GOBIERNO ESCOLAR:


Apoyar el funcionamiento de la Institución en actividades cotidianas como el aseo, la disciplina y la realización de las clases.


Impulsar la democratización de la vida educativa y adoptar mecanismos de participación y gestión que la hagan afectiva.


Inculcar ciertas nociones pedagógicas vinculadas a la política y a la convivencia pacífica.

Generar proyectos especiales para responder a las expectativas de la comunidad.




CAPITULO IX

DERECHOS, DEBERES Y PROHIBICIONES
DE LOS DOCENTES.

ART. 32º: DERECHOS DE LOS DOCENTES


Los derechos de los docentes y demás funcionarios están consagrados en los derechos fundamentales que establecen la Constitución Política, el Estatuto Docente, la Ley General de la Educación, el Código Laboral, el Derecho Administrativo, Código Contencioso Administrativo y Código Disciplinario Único (Ley 200) y otras legislaciones vigentes.


32.1 Recibir trato digno de todos los estamentos de la comunidad educativa.


32.2 Participar en programas de capacitación y actualización profesional emanados por las autoridades educativas competentes.


32.3 Tomar decisiones que beneficien a la comunidad educativa.


32.4 Ser escuchado en solicitudes, reclamos y sugerencias especialmente escritas.


32.5 La metodología para ser evaluado el docente se hará mediante la auto evaluación, coevaluación. Con principios constructivistas y haciendo del error un proceso pedagógico que forme, madure y humanice al profesor.


32.6 Recibir estímulos por parte de directivos y autoridades educativas en general.



ART. 33º: DEBERES DE LOS DOCENTES

· Participar en el planeamiento curricular y formar parte de los diferentes proyectos educativos.

· Cumplir con la jornada laboral completa y dedicar la totalidad del tiempo reglamentario a las funciones propias de su cargo.

· Ser modelo de lealtad, justicia, trabajo y cumplimiento del deber.


· Actuar con justicia, imparcialidad y objetividad.

· Dirigir y orientar las actividades de los estudiantes para lograr el desarrollo de su personalidad dándoles tratamiento ejemplar formativo.

· Presentar oportunamente y con sentido estético, ortográfico y de acuerdo con las normas actuales ICONTEC los planes de área, planillas de calificaciones, proyectos pedagógicos, plan de dirección de grupo.

· Estar actualizado en la profesión docente.

· No acumular evaluaciones ni tareas respetando el cronograma de actividades vigente para el año lectivo.

· Atender con amabilidad a los padres de familia, orientándolos para la buena formación de los hijos.

· Responder por la adecuada utilización de los equipos, muebles y enseres de la Institución.

· Cumplir con el compromiso firmado en la carta estratégica del P. E. I.


ART. 34º: DEBERES DE LOS DIRECTORES DE GRUPO


· Participar en la orientación de los estudiantes teniendo en cuenta la igualdad como derecho constitucional.

· Orientar los estudiantes de su grupo en la solución de conflictos, siempre pensando que el educando tiene la capacidad mental de solucionar sus propios problemas.

· Permanecer en constante comunicación con profesores y padres de familia del curso para coordinar acciones educativas tendientes al mejoramiento académico y disciplinario.

· Presentar informes acordes a los periodos establecidos, al rector de la Institución, según el plan de dirección de grupo.

· Dar un trato humano, poseer creatividad en la solución de conflictos para lograr una conciliación entre los jóvenes que presenten problemas de comportamiento.




ART. 35º: PROHIBICIONES DE LOS DOCENTES

· Presentarse a la Institución en estado de embriaguez.

· Dar mal trato físico o verbal a estudiantes, padres de familia y demás integrantes de la comunidad.

· Retirar bienes o elementos de la Institución sin orden escrita de rectoría previa autorización del Consejo Directivo.


· Negociar con estudiantes (compra – venta de productos).

· En caso de compra de productos de la Empresa cancelar oportunamente los precios establecidos.

· Ausentarse del Colegio sin permiso escrito y autorizado.


CAPÍTULO X

PAUTAS DE COMPORTAMIENTO, EVALUACIÓN, PROCEDIMIENTOS Y CORRECTIVOS.

ART. 36º: INSTANCIA DE DIÁLOGO O CONCILIACIÓN
ESCOLAR.

36.1 PRIMERA INSTANCIA: El director de curso realizará y revisará los diferentes procesos de orden disciplinario y académico, presidirá la asamblea de curso que se realizará cada semana, levantando acta cuando sea necesario para evaluar el proceso semanal o de un estudiante en especial.

Hará el seguimiento disciplinario y académico de cada uno de sus estudiantes y lo consignará en la respectiva hoja de vida; evaluará con el curso al finalizar cada periodo todo lo relacionado con los principios disciplinarios y académicos; será el primer consejero de sus estudiantes y en situaciones que lo considere necesario los remitirá a la rectoría, será el primero en conocer todo lo relacionado con su curso es el responsable directo de lo que se haga en los actos de comunidad pues él siempre debe estar al frente de sus estudiantes. Cumplirá las demás normas que establecen en la resolución 13342 de junio/1982.

Los representantes de curso: elegidos democráticamente por los estudiantes del grado respectivo por el periodo del año académico, serán sus representantes en las diferentes asambleas y rendirán informes a sus compañeros de lo discutido y aprobado en todo lo relacionado con su curso.

Asamblea de curso: se realiza cuando la situación lo amerite, donde se evalúa todo lo concerniente al proceso educativo. Está presidida por el director del curso y los representantes del curso quienes hacen las veces de secretarios, cada representante rendirá su respectivo informe.

En la colectividad primaria se solucionan todos los procesos disciplinarios que tienen que ver con los comportamientos incorrectos de los estudiantes (gritos, escándalos, correteos dentro del salón, etc.). El salón debe ser considerado como un recinto sagrado, es la base sobre la que descansa toda la estructura de la disciplina escolar.

36.2 SEGUNDA INSTANCIA: el Consejo Disciplinario: en primaria estará conformado por todos los docentes del centro educativo, en secundaria estará conformado por los docentes que orienten clase, el coordinador de disciplina quien lo preside y lo cita, cada vez que lo amerite, la personería escolar, un representante de los directores de curso, presidente del consejo estudiantil, el representante de disciplina, el director de curso, un representante de la asociación de padres de familia, y el estudiante implicado con su padre o acudiente.

ART. 37º: FUNCIONES DEL CONSEJO DISCIPLINARIO

Da las pautas de orientación disciplinaria, coordina todo el proceso disciplinario del plantel, distribuye las Áreas para la disciplina compartida, vigila para que los docentes, estudiantes, y coordinador cumplan con los compromisos disciplinarios; analiza los casos que se salgan de la órbita del director de curso para darles pronta solución. Escucha a los estudiantes y toma los correctivos necesarios para cuando sus derechos sean violados por algún miembro de la comunidad educativa. Analizará y aplicará sanciones a los casos graves de disciplina.

ART. 38º: CANALES POR DONDE TRANSITAN LOS RECLAMOS.

38.1 Acción Personal: Es la que realiza el propio estudiante(s), dentro de los parámetros de respeto para sugerir un cambio de actitud a cualquier miembro de la comunidad educativa o modificación de sus metodologías en caso de ser un docente.

38.2 Al Director de Curso: En la asamblea semanal de evaluación se le plantea el reclamo al director de curso para que éste dialogue con el profesor o directivo o miembro de la Comunidad Educativa causante de la situación.

38.3 Coordinación Académica y/o Disciplinaria: En esta instancia se solicitará un diálogo entre la coordinación y el docente en busca de cambio y conciliación de las partes.

38.4 Consejo Académico y/o Disciplinario: Si los dos canales anteriores no surtieron efecto, el director de curso notifica al Consejo de Disciplina para que tome los correctivos necesarios. Si el caso es con un profesor, el Consejo de Disciplina le sugiere al rector que le haga sus amonestaciones verbales o escritas establecidas en el Estatuto Docente.

38.5 Consejo Directivo: Si el problema continúa. En todos los casos, los reclamos de los estudiantes tienen que ser escuchados y solucionados.


ART. 39º: ACCIONES CORRECTIVAS Y COERCITIVAS QUE
PERMITEN MEJORAR EL PROCESO DISCIPLINARIO

Dichas acciones están encaminadas a no dejar descarrilar el proceso disciplinario, pero antes de aplicar acciones correctivas y coercitivas es necesario aclarar las reglas de juego y estar recalcando en ellas permanentemente para que no se olviden.

ART. 40º: REGLAS DE JUEGO

Aula de Clase: Recinto donde no se puede permitir: gritos, escándalos, correteos, destrucciones, etc. Los gritos son permitidos sólo cuando hay dinámicas y/o juegos dirigidos.
Carta de Compromiso: Contiene de manera sintetizada el comportamiento del estudiante en la institución y él mismo exige el correctivo si viola dicho compromiso.
Difusión del Manual de Convivencia: La Institución debe comprometerse a su publicación para que cada educando lo tome como texto guía de su accionar dentro de la esfera escolar.
Descifrar con Claridad los Símbolos de Buen Comportamiento Social: Respeto a la palabra, a la diferencia, rechazo a los apodos, nadie ni siquiera los profesores pueden usar la cafetería si no hacen fila. Sano comportamiento en los actos públicos y en el bus, buena utilización de los baños y mantenimiento organizado e higiénico del espacio escolar y su entorno.
Hacer conciencia en el estudiante de que si es miembro de la Institución, debe comprometerse a una exigencia académica y en lo disciplinario.
Acciones Correctivas: Se toman preferiblemente al interior del curso, cuando se realiza dirección de curso, donde se evalúa la cotidianidad escolar.
Diálogo: Para hacer entrar en razón a los integrantes del curso que cometan faltas de adaptación a la dinámica escolar.
Amonestación Verbal: Consejos y sugerencias encaminadas a corregir las faltas disciplinarias de los estudiantes reincidentes.
Amonestación Escrita: Para consignar en la hoja de vida.
Proceso Disciplinario: Se pone en consideración de la asamblea de curso si se abre Proceso Disciplinario por reincidir en faltas disciplinarias, si es aprobado, se informa al Consejo Disciplinario, para que la coordinación elabore pautas de corrección, a este nivel se informa a los padres o acudientes, de que al estudiante está a punto de aplicársele acciones coercitivas.

ü Correctivos de poca Intensidad: Perderá la posibilidad de representar al curso en las comisiones de trabajo, utilizar ciertos servicios escolares si en ellos reincide la falta: (biblioteca, bus, restaurante, paseos, salidas, etc.) y las aplicará el director de curso y/o coordinador de disciplina.
ü Correctivos de Mediana Intensidad: No poder representar al curso ni al colegio en eventos deportivos, culturales, académicos y científicos: al completar 3 faltas académicas o disciplinarias el director de curso hará compromiso escrito al estudiante en presencia del padre de familia o acudiente. El estudiante que no asista por más de 3 días consecutivos con o sin justificación deberá presentarse a la institución acompañado del padre de familia o acudiente.
ü Correctivos de Máxima Intensidad: Matrícula en observación, exclusión del plantel. Si después de todo el seguimiento y de los diferentes correctivos no corrige su comportamiento. La expulsión del plantel también puede sucederle a cualquier estudiante sin antecedentes, que cometa una falta contra los derechos individuales y colectivos de la comunidad. Ejemplo: Agresión física o verbal, acción depredadora contra el espacio natural o planta física de la institución, hurto, etc. Y la aplicará el Consejo Disciplinario con ratificación del Consejo Directivo.




CAPÍTULO XI

IDENTIFICACIÓN Y CLASIFICACIÓN DE LAS FALTAS.

Al sancionar una falta se debe mirar la naturaleza de la falta y sus consecuencias, las circunstancias en que se produjo, los motivos que determinaron dicha conducta y las condiciones personales de dicho infractor. Con base en estos criterios, las faltas se clasifican en leves, graves y gravísimas.

ART. 41º: FALTAS LEVES
Son aquellas conductas que afectan en forma mínima el normal desarrollo de las actividades y relaciones de la comunidad educativa. Constituyen faltas leves:


41.1 Falta de puntualidad en el horario.

41.2 Inasistencia injustificada al colegio y actos programados.

41.3 Incumplimiento de los deberes académicos (tareas, trabajos, no traer cuadernos o implementos para el desarrollo de la asignatura, etc.)

41.4 No entregar oportunamente las citaciones, circulares o comunicados.

41.5 Utilizar la tienda escolar en las horas de clase sin la debida autorización.

41.6 Utilizar vocabulario vulgar.

41.7 Utilizar maquillaje, joyas, cachuchas, gorros, adornos ajenos al uniforme, cabello largo en los varones.

41.8 Mantener encendido los celulares en el desarrollo de las clases.

41.9 No utilizar el uniforme de diario y educación física en los días y en la forma que corresponda.

41.10 Indebida presentación personal.

41.11 Consumir chicles o cualquier otro tipo de comestibles dentro del salón de clases.

41.12 Utilizar el nombre del colegio en actividades no autorizadas.

41.13 Realizar ventas o negocios y rifas dentro del aula de clase sin previa autorización de la rectoría.

41.14 Todas aquellas conductas que en forma leve atenten y entorpezcan el normal desarrollo de la actividad institucional y que a juicio de los profesores y directivas sean consideradas como tales.

41.15 Utilizar sobrenombres.


ART. 42º: FALTAS GRAVES

Todas aquellas conductas que por su naturaleza y efectos atenten gravemente contra los derechos de los miembros de la comunidad educativa. Constituyen faltas graves:




42.1 Irrespeto o saboteo en los actos cívicos o comunitarios.

42.2 Reincidir dos veces en una falta leve.

42.3 Agresiones verbales o físicas dentro o a la salida del establecimiento educativo.

42.4 Ausentarse del colegio dentro del horario de clase sin la debida autorización.

42.5 No asistir a las clases estando dentro del colegio, excepto previo permiso.

42.6 Hacer fraude en las evaluaciones o trabajos o alterar notas.

42.7 El hurto comprobado.

42.8 El porte y divulgación de material pornográfico.

42.9 El porte y consumo de cigarrillos y bebidas alcohólicas portando el uniforme o en representación de la institución.

42.10 La práctica de cualquier conducta de carácter sexual dentro del establecimiento educativo.

42.11 Hacer comentarios que atenten contra la integridad personal o la honra de los miembros de la comunidad educativa.

42.12 Dañar intencionalmente bienes o elementos dentro del colegio, sin perjuicio de reparar los daños causados.

42.13 La realización de prácticas mágicas o satánicas.

42.14 El reiterado y voluntario incumplimiento de sus deberes académicos y/o disciplinarios que entorpezcan el normal desarrollo de las actividades académicas y lesione el derecho de los demás estudiantes a recibir una educación de calidad. (Corte Constitucional. Sentencia T-442/98).

42.15 Realizar escritos o frases que atenten contra el buen nombre de los miembros de la comunidad.

42.16 No justificar a tiempo los impedimentos que padezca con los documentos pertinentes que así lo acrediten.

42.17 Presentarse en la institución en estado de embriaguez o bajo el efecto de sustancias psicoactivas.

42.18 Traer y utilizar durante las clases elementos que distraigan la atención, Walkman, gameboy, celulares y otras tecnologías.


ART. 43º: FALTAS GRAVÍSIMAS

Son conductas que por sí mismas lesionan gravemente los derechos de las personas, los bienes o los principios del establecimiento educativo.

Constituyen faltas gravísimas:


43.1 El porte de armas dentro y fuera del colegio.

43.2 El porte, distribución o consumo de sustancias sicoactivas dentro o fuera del Colegio.

43.3 La falsificación de documentos públicos o privados.

43.4 Las agresiones físicas que ocasionen lesiones personales.

43.5 Las agresiones verbales que configuren injuria o calumnia.

43.6 La inducción a la prostitución o el consumo de alucinógenos.

43.7 Comportamientos delictivos dentro y fuera del colegio.


CAPITULO XI

SANCIONES, CORRECTIVOS Y DERECHO A LA DEFENSA.


ART. 44º: SANCIONES.


Cuando una conducta o un conjunto de conductas que realice la misma persona sean faltas académicas y de convivencia al mismo tiempo, el encargado de decidir la situación tendrá la opción de elegir la medida que a su juicio sea más formativa para el o los involucrados en la acción.


Parágrafo. Prohibición de sanciones denigrantes. (según la Constitución Política art. 2)

No se podrá imponer sanciones que de alguna manera afecten la dignidad personal. Nadie podrá ser sometido a torturas ni a tratos o sanciones crueles, inhumanas o degradantes.

De acuerdo a la gravedad de la falta se aplicará una de las siguientes sanciones:

1. Amonestación verbal.
2. Amonestación escrita y firma del estudiante.
3. Firma de compromiso por parte del estudiante y el padre o acudiente.
4. Suspensión de uno o tres días y firma del padre o acudiente.
5. Pérdida del cupo para el siguiente año lectivo.
6. Exclusión del colegio durante el año escolar (cancelación de matrícula).


ART. 45º: INSTANCIAS, COMPETENCIAS Y PROCEDIMIENTOS

Antes de imponer una sanción, siempre debe existir el diálogo con el estudiante, para permitirle ser escuchado, corregir su error y garantizar su derecho a la defensa. Las medidas correctivas se aplicarán partiendo del diálogo, la conciliación, conservando las siguientes instancias, sanciones y procedimientos, según la gravedad de la falta.


ART. 46º: PARA LAS FALTAS LEVES

Cuando el estudiante incurre en una de las llamadas faltas leves determinadas en el presente manual, se hará acreedor a una de las siguientes sanciones:

1. Amonestación verbal.

2. Amonestación escrita en el observador y firma del estudiante.

3. Citación informativa al padre o acudiente, hecha por el coordinador de
Disciplina y/o director de curso.

Las sanciones establecidas en los numerales 1, 2 y 3 podrán ser impuestas directamente por el profesor, el director de curso, el coordinador o el rector de la Institución por intermedio del coordinador.

Estas sanciones deben ser impuestas en forma inmediata o a más tardar dentro de los 3 días siguientes de cometida la falta o que se tenga noticia de ello. Todo estudiante cuyo acudiente haya sido citado, por escrito por el coordinador de la Institución, no podrá asistir a clase a partir del día siguiente hasta que éste se presente.

Estas decisiones se toman en única estancia y sólo tiene recurso de reposición sustentado por escrito dentro de los cinco días siguientes ante quien aplicó la sanción.


ART. 47º: PARA LAS FALTAS GRAVES Y GRAVÍSIMAS

Cuando el estudiante incurra en una de las faltas graves o gravísimas definidas como tales en el presente manual de convivencia, se hará acreedor a una de las siguientes sanciones de acuerdo a la gravedad de la falta.

1. Firma de compromiso por parte del estudiante y del padre o acudiente y Trabajo social.

2. Suspensión de uno a tres días y firma del padre o acudiente.

3. Matrícula en observación.

4. Pérdida del cupo para el siguiente año lectivo.

5. Exclusión del colegio durante el año lectivo (cancelación de Matrícula).

Las faltas graves y gravísimas serán juzgadas y sancionadas por el Consejo Disciplinario.

El Consejo Disciplinario será citado y presidido por el coordinador de disciplina, todos sus miembros tienen derecho a voz y voto, podrá deliberar y tomar decisiones con la presencia de al menos la mitad más uno.

En forma inmediata o a más tardar dentro de los cinco días siguientes de ocurrida la falta o que se tenga noticia de ella, el coordinador de disciplina citará al consejo disciplinario. En dicha audiencia se le comunica al estudiante los cargos y las pruebas existentes, se le da la oportunidad de hacer sus descargos, presentar pruebas y controvertir las que existan en su contra, ejercer su derecho de defensa ya sea personalmente o por intermedio del estudiante que él haya facultado, siempre que no forme parte del Consejo Disciplinario ni del Consejo Directivo.

Escuchadas las partes, el Consejo Disciplinario delibera y decide si hay suficiente ilustración. En caso de que se deban practicar nuevas pruebas, se citará para una reunión de decisión dentro de los 5 días siguientes.

Las sanciones contempladas en el numeral 1 y 2 se adoptarán en única instancia y sólo tienen recurso de reposición el cual debe presentarse y sustentarse por escrito al mismo consejo disciplinario dentro de los 5 días siguientes a la comunicación de la sanción.

Las sanciones contempladas en los numerales 3, 4 y 5 son adoptadas por el consejo disciplinario en primera instancia y tienen recurso de apelación ante el consejo directivo. La apelación se debe presentar y sustentar por escrito dentro de los 5 días siguientes a la comunicación expresando claramente los motivos de inconformidad con la decisión apelada. La apelación se radica ante el rector y el Consejo Directivo debe dar fallo definitivo dentro de los 10 días siguientes a la radicación.

En todo caso, cuando la sanción impuesta sea la contemplada en el numeral 5, dicha decisión debe ser consultada y contar con la autorización expresa del Consejo Directivo.


PARÁGRAFO: Los términos de días deben entenderse como días hábiles.

El estudiante que con una misma conducta infrinja varias normas o cuando para lograr determinado fin incurra en varias faltas, será sancionado por la falta más grave.

En cualquier situación los estudiantes tienen derecho a la defensa y a la apelación: La expulsión debe ser aprobada por el 50% más 1 de los asistentes del Consejo Disciplinario comprobado el quórum.

La ausencia del estudiante implicado y su acudiente en el consejo o asamblea de disciplina, después de haber sido citados previamente por escrito, se procederá en ausencia de éstos si no hay una justificación comprobada.



ART. 48º: CORRECTIVOS


48.1 Aplicación de Correctivos: Las acciones correctivas de poca intensidad las aplica el director de curso, el estudiante puede apelar a la instancia superior que es el Consejo Disciplinario.

48.2 El correctivo de mediana intensidad lo aplica el consejo disciplinario y el estudiante puede apelar al consejo disciplinario.

48.3 y el correctivo de máxima intensidad lo aplica el consejo disciplinario y el consejo directivo determinará su aplicación; el estudiante podrá apelar ante esta última instancia.


ART. 49º: DERECHO A LA DEFENSA

En todos los casos el resultado de la apelación es irrevocable.

Ø Derecho a la Defensa: A ningún estudiante se le puede negar este derecho; el estudiante puede utilizar 3 mecanismos de defensa:



1. El mismo: Si así lo decide para las acciones coercitivas y hasta
correctivos de poca intensidad.
2. El personero Escolar: Para situaciones que puedan acarrear
matrícula condicional, Desescolarización o expulsión.
3. Cualquier otro integrante de la comunidad educativa escogido por el
estudiante para situaciones de matrícula condicional, o expulsiones.

En toda situación el estudiante tiene derecho a la defensa y la persona seleccionada por el estudiante no se puede negar a cumplir con esta función.


ART. 50º: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.




COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.


ORIGINAL FIRMADO POR CONSEJO DIRECTIVO:



LIC. JAIME RODRIGUEZ FRANCO. Rector.




Representante de Junta Directiva Asociación Padres de Familia.





Representante por la Asamblea de Padres de Familia.



Representante de los Docentes.



Representante del Sector Productivo.


Representante de los Docentes.



Representante de los Estudiantes.




Representante de los Estudiantes.












PRESENTACIÓN

Dentro de toda comunidad deben existir normas que regulen las relaciones entre las personas, sin ellas cualquier esfuerzo que se haga para lograr una sana convivencia seria utópico. En nuestro caso, la Institución Educativa Departamental Oreste Sindici, para regular las relaciones, el comportamiento, el cumplimiento de los deberes y la garantía de los derechos de los estudiantes, padres de familia y docentes, ponemos en conocimiento y vigencia por cinco años (2009 – 2013) este MANUAL DE CONVIVENCIA con el fin de que toda la comunidad educativa se apropie de el, lo interiorice y lo tenga en cuenta en el quehacer cotidiano de la misma.

En virtud de lo anterior, las directivas del plantel han hecho el esfuerzo de conseguir esta publicación para que todos tengamos claro lo que la Institución persigue en materia de normas que de ahora en adelante serán el faro que ilumine el camino de nuestras actuaciones y consigamos enaltecer la imagen de nuestra Institución. El objetivo primordial es el de formarnos como personas cumpliendo rigurosamente con nuestros deberes, con ese solo hecho se garantiza el respeto de los derechos y el correcto funcionamiento del plantel. Asumamos el reto de colocar a nuestra Institución en el lugar que le corresponde y así podernos sentir orgullosos de la labor que desempeñamos en bien de nuestro establecimiento.

Lic. JAIME RODRIGUEZ FRANCO.
Rector.